Preguntas frecuentes sobre la reclamación Eco Beach
Ayudamos a los afectados por Eco Beach a obtener una compensación justa. Nuestros expertos analizan tu situación, te ofrecen asesoramiento personalizado y te apoyan en la defensa de sus derechos.
  • Pericia
    Nuestro equipo de expertos legales, financieros y de documentación le ayudará a construir una reclamación sólida.
  • Transparencia
    Le mantendremos informado de todo en cada paso del proceso.
Hoja de Encargo
  • ¿Cómo funciona el sistema de fases?
    La reclamación se organiza en fases sucesivas: primero extrajudicial, luego civil y/o penal. Cada persona puede decidir si continuar tras cada fase, sin penalización alguna por no hacerlo.
  • ¿Cuándo se abonan los honorarios?
    Antes de comenzar cada fase se abona la parte fija. El porcentaje variable solo se paga si se recupera dinero en esa fase
  • ¿Qué ocurre si se soluciona todo en la fase extrajudicial?
    Solo se pagarán los 50 € + IVA y el porcentaje correspondiente sobre lo recuperado. No se factura nada de fases no iniciadas.
  • ¿Qué pasa si me retiro a mitad de una fase?
    En ese caso se puede aplicar una penalización proporcional. Si la fase ya ha terminado y no se quiere continuar, no hay penalización
  • ¿Qué ocurre si el despacho renuncia a la defensa?
    Solo puede hacerlo por causa justificada (conflicto de intereses, impago, etc.).
    • En vía civil, deberás designar nueva defensa o acudir al turno de oficio.
    • En vía penal, puedes optar por defensa particular, turno de oficio o el Ministerio Fiscal asumirá tu defensa.
  • ¿Qué incluye la hoja de encargo?
    • Es un arrendamiento de servicios, no una promesa de resultado.
    • Permite delegar en otros despachos sin coste adicional.
    • Cláusula de exclusividad: no se pueden iniciar acciones paralelas sin autorización.
    • Penalizaciones solo por resolución injustificada.
    • Los honorarios no incluyen gastos como procurador, peritos, traducciones, desplazamientos o apostillas, salvo que se indique lo contrario.
  • ¿Cuánto cuestan los servicios de procurador y peritos?
    Procurador: no más de 1.500 € en total entre todos los reclamantes (normalmente entre 40 y 50 € por persona).
    Perito (si se necesita): alrededor de 1.200 € entre todos.

    Todo gasto adicional debe aprobarse previamente por los clientes.
  • ¿El sistema de precios varía según el número de parcelas o contratos?
    No. Si eres una sola persona, aunque tengas varios contratos o parcelas, se considera una única reclamación.
  • ¿Se puede saber con antelación el número de personas que formarán parte de la reclamación?
    No. Hasta que no estén firmadas todas las hojas de encargo y completado el pago, no se puede confirmar ninguna cifra.
  • ¿Qué pasa si durante el proceso consigo un acuerdo por mi cuenta?
    En ese caso se deberán abonar los honorarios correspondientes al despacho según la fase en la que se haya producido el acuerdo.
Procedimientos Civil y Penal
  • ¿Qué diferencia hay entre demanda civil y querella penal?
    Civil: se dirige contra la empresa, busca la devolución del dinero y anulación de cláusulas abusivas.

    Penal: se dirige contra personas físicas y jurídicas (Carlos de Ory, socios, empresa, etc.), y permite solicitar embargos, penas de prisión y medidas internacionales. Se reclama lo mismo que en la vía civil más la responsabilidad penal.
  • ¿Se puede iniciar directamente la vía penal?
    Sí. No requiere reclamación previa y es la vía más recomendable en muchos casos por su presión y eficacia.
  • ¿Por qué hacer primero una reclamación extrajudicial?
    Es obligatoria para la vía civil, especialmente tras la reforma que exige un intento de negociación (MASC). No lo es para la vía penal, pero puede facilitar acuerdos.
  • ¿Puede un juez civil enviar el caso a lo penal?
    Sí. Si aprecia indicios de delito, debe remitirlo al juzgado penal. La jurisdicción penal tiene preferencia.
  • ¿Qué duración tienen los procedimientos?
    Tanto civil como penal pueden durar alrededor de 2 a 2,5 años. El tiempo varía según la carga de trabajo del juzgado.
  • ¿Puede reclamarse el daño psicológico o el lucro cesante?
    Sí, siempre que se acredite documentalmente (informe médico, justificantes económicos, etc.).
  • ¿Qué pasa si Carlos ofrece una devolución parcial solo a algunos?
    Cada persona decide libremente si acepta o no. Los demás pueden continuar por vía judicial.
  • ¿Qué ocurre si varios bufetes presentan querellas o demandas?
    No importa quién presente primero. El juzgado agrupará los procedimientos si se refieren a los mismos hechos. El reparto lo decide el juzgado.
Embargos y recuperación de bienes
  • ¿Se pueden embargar cuentas bancarias o criptomonedas?
    Sí, si están a nombre del demandado, de la empresa, o de terceros vinculados. También si provienen de los fondos defraudados.
  • ¿Se puede embargar a terceros que hayan recibido bienes o dinero?
    Sí, si se demuestra que han colaborado en ocultar activos o se han beneficiado del delito.
  • ¿Qué pasa si Carlos intenta vender activos durante el proceso?
    Podría incurrir en alzamiento de bienes, lo cual permite pedir embargos urgentes y que sea investigado por un nuevo delito.
  • ¿Puede embargarse lo que la empresa tiene en Indonesia?
    Sí, pero en vía civil requiere un procedimiento de exequátur, ya que Indonesia no tiene tratado de reconocimiento de resoluciones con España. En la Penal, puede ser más ágil.
  • ¿Pueden embargarse bienes en Europa?
    En la Unión Europea, los embargos son mucho más ágiles gracias a la normativa comunitaria.
  • ¿Se puede averiguar si Carlos tiene bienes en Europa?
    No existe un registro europeo unificado. Es necesario solicitar investigaciones patrimoniales judiciales ya sea a través de ordenes europeas de investigación o Silver Notice.
  • ¿Se puede embargar si la denuncia es penal?
    Sí. En vía penal también se pueden embargar bienes desde España, solicitar órdenes internacionales y pedir el embargo preventivo de cuentas, propiedades, criptomonedas y vehículos.
Otras cuestiones prácticas
  • ¿Qué pasa si Carlos de Ory o el representante de PT Eco Beach City no comparece?
    Se puede solicitar una Red Notice de Interpol. Si viaja a países con tratado de extradición (como EE.UU.), puede ser arrestado y extraditado. A nivel europeo se puede solicitar una Orden europea de detención y entrega.
  • ¿Puede ser extraditado desde Indonesia?
    Sí, aunque no exista tratado, existen canales diplomáticos activos. Las relaciones entre España e Indonesia permiten la tramitación de extradiciones puntuales.
  • ¿Qué pasa si Carlos intenta vender activos durante el proceso?
    Podría incurrir en alzamiento de bienes, lo cual permite pedir embargos urgentes y que sea investigado por un nuevo delito.
  • ¿Qué tipo de personas pueden ser incluidas en la querella penal?
    Carlos de Ory, la empresa, otros socios o colaboradores, y cualquier persona que haya participado o ayudado en el fraude o el ocultamiento de bienes.
  • ¿Qué puedo hacer si tengo pruebas de daños personales o económicos adicionales?
    Debes comunicarlo al equipo legal para que valoren cómo acreditarlo e incluirlo en la reclamación.
  • ¿Formo parte de una acción colectiva o es una demanda individual?
    Es una reclamación colectiva estructurada por grupos, pero cada cliente conserva su autonomía, puede tomar decisiones independientes y sus intereses se respetan individualmente.
  • ¿Cómo se me informará del avance del caso?
    Recibirás comunicaciones periódicas por correo electrónico. Además, si se producen avances clave, se organizarán nuevas videollamadas informativas.
  • ¿Qué pasa si cambio de correo electrónico o me mudo?
    Debes informar al despacho lo antes posible para actualizar tus datos de contacto y garantizar que sigues recibiendo toda la información.
  • ¿Debo aportar algún documento o prueba personal?
    Sí. Es recomendable reunir toda la documentación relacionada con la inversión: contratos, justificantes de pago, correos electrónicos, mensajes, material promocional, etc. También puedes aportar informes médicos si quieres reclamar daños personales.
  • ¿Tendré que asistir a juicio personalmente?
    No necesariamente. En la mayoría de los casos se te representa mediante procurador y abogado. Solo si el juzgado considera imprescindible tu testimonio se te podrá citar a declarar.
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