Hoja de encargo
Respecto de la hoja de encargo, lo primero que queremos es que tengas claro es que se trata del documento que regula nuestra relación profesional. Aquí se explica quién es el despacho, qué normas aplican y cuáles son las condiciones de trabajo.
La hoja de encargo en detalle
  • Primera parte: Cuestiones generales
    • Que el encargo lo lleva Blay JD, bajo la sociedad Praeva Niva SLP.
    • Que podemos apoyarnos en otros abogados o colaboradores sin que eso suponga un coste adicional para ti.
    • Que todo se rige por el Estatuto General de la Abogacía y el Código Deontológico.
    • Que los precios están regulados en el Anexo I, con una parte fija y otra variable según la fase del procedimiento.
    • Y que el pago se hace siempre mediante tarjeta o transferencia bancaria a la cuenta del despacho.
  • Segunda parte: Condiciones especiales de facturación y penalización.
    Aquí es donde explicamos con detalle qué pasa en cada situación:
    • Que la parte variable se calcula sobre lo efectivamente recuperado. Si no se recupera nada no cobramos esa parte variable.
    • Que si alguien resuelve el contrato de forma unilateral, hay penalizaciones distintas según la fase en que se encuentre. Estas penalizaciones solo actúan cuando la renuncia a continuar se hace dentro de una fase. Si la fase ha terminado y no se quiere continuar con la siguiente, no se aplican estas penalizaciones. 
    • Que si alguien llega a un acuerdo privado con la parte contraria, igualmente debe abonar lo correspondiente al despacho en cuanto a la parte variable.
    • Que existen intereses de demora si no se cumplen los plazos de pago de los honorarios variables.
    • Que hay gastos que no están incluidos: peritos, traducciones, apostillas, viajes, ni procedimientos en el extranjero, salvo que se pacte expresamente. Aunque el Procurador lo ha pagado el Despacho porque somos más de 50 reclamantes, como veremos más adelante.
    • También encontrarás la cláusula de renuncia del despacho. Pero esto solo puede hacerse por causas muy concretas: impago, pérdida de confianza, que nos envíes documentación falsa o conflicto de intereses. Es importante subrayar que no podemos abandonar la querella de forma arbitraria: la ley nos obliga a actuar con lealtad y continuidad.
  • Medio de comunicación
    En cuanto a las comunicaciones, el medio preferente es siempre el correo electrónico. No recomendamos usar WhatsApp u otras mensajerías instantáneas porque pueden comprometer la confidencialidad. Además, hay una cláusula de protección: si durante 45 días intentamos contactar sin éxito, entenderemos que el cliente ha desistido del encargo. Nunca hemos tenido que aplicar esta cláusula, pero es una salvaguarda.
  • Confidencialidad
    También hay un apartado de confidencialidad: todo lo que el despacho comparte contigo es estrictamente reservado, y no se puede difundir a terceros ni a otros reclamantes.
  • Advertencias legales y prevención de blanqueo de capitales
    • Existe la posibilidad de que el procedimiento no prospere.
    • En vía penal es excepcional que condenen en costas al denunciante, pero el riesgo existe y debemos advertirlo.
    • Si un cliente inicia por su cuenta procedimientos paralelos, el despacho puede desvincularse.
    Hay un apartado sobre prevención de blanqueo de capitales, porque por ley estamos obligados a cumplir con esta normativa.
  • Ley de Protección de Datos
    Respecto a la Ley de Protección de Datos, recogemos tus derechos y la posibilidad de que autorices o no que usemos tu correo para enviarte información sobre otros servicios del despacho.
Finalmente está el sistema de precios:
  • Una cantidad fija por cada fase: interposición de querella, juicio, apelación, casación y ejecución.
  • Si te unes a la querella después de admitida a trámite, hay un incremento en el precio fijo.
  • Tambien hay una cantidad variable en forma de porcentaje, que baja a medida que más reclamantes se suman.
  • Además, hay reducciones adicionales si la recuperación supera ciertos importes: por ejemplo, si se recuperan más de 29.900 o 49.900 euros, el porcentaje se reduce automáticamente.
  • Todo está sujeto a IVA, y los porcentajes se calculan sobre el número de reclamaciones, no de personas.
  • A partir de 50 reclamaciones, los gastos de procurador los asume el despacho. De hecho, a día de hoy ya están pagados los honorarios del procurador.
  • Y los plazos estimados: desde la querella hasta el juicio puede pasar entre 2 años y medio y 3. Luego apelación y casación suman unos meses más cada una, y la ejecución se iniciaría en un año y medio desde la presentación del recurso de casación. En total, el procedimiento completo puede alargarse hasta 5 años, con pagos por fases, nunca todos de golpe.
Preguntas frecuentes
La reclamación se organiza en fases sucesivas: primero extrajudicial, luego civil y/o penal. Cada persona puede decidir si continuar tras cada fase, sin penalización alguna por no hacerlo.